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OTRA JUERGA MÁS
Tomás Martín Tamayo
¿Si
un señor abofetea a su esposa, merece mayor pena que si su esposa lo
abofetea a él? Sí. Semejante despropósito, semejante desigualdad ante la
Ley, ha sido proclamada por el Tribunal Constitucional. La agresión del
hombre sobre la mujer se considera un delito, pero la agresión de la
mujer sobre el hombre se liquida con una simple falta. ¿No es eso
discriminación sexista? ¿Podemos seguir diciendo que todos somos iguales
ante la Ley? Lo asombroso es que este principio básico de la
Constitución sea pisoteado precisamente por el tribunal encargado de
velar por el cumplimiento de la Constitución. ¿Y para esto han inventado
el exótico ministerio de Igualdad?
Hace
poco más de un año, el 3 de marzo de 2007, se publicó en el BOE la Ley
Orgánica para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, que fue
recibida como el no va más entre la “progresía” más retrógrada,
histriónica y acomplejada. Un avance social que, según se decía, situaba
a España a la cabeza de Europa en todo lo concerniente a la defensa de
la equiparación de derechos. Aquella Ley, consagraba que entre hombres y
mujeres no podían existir diferencias y que a todos los efectos, unos y
otras, tenían los mismos derechos y las mismas obligaciones. Mas que una
Ley de Igualdad, aquello parecía una Ley de Obviedad, porque sólo en la
mollera de los que no creen en la mujer, se hacía necesaria semejante
paparruchada. ¿Era necesario articular en una Ley que hombres y mujeres
son iguales ante la Ley? ¡Qué genialidad!
Bueno,
pues ahora nos encontramos con que el Tribunal Constitucional, considera
que ante el mismo hecho, castigar al hombre más que a la mujer no
vulnera el principio de igualdad consagrado por la Constitución. Yo no
sé de leyes, pero algo sé de letras y no entiendo que la Constitución
pueda defender una cosa y la contraria. Si defiende la igualdad, no
puede defender la desigualdad. Avalar que las penas por maltrato sean
mayores si el agresor es varón, es una de las barbaridades más grandes
que haya podido firmar un tribunal. Es verdad que semejante despropósito
no fue unánime y que salió con siete votos a favor y cinco en contra,
con lo que queda abierta una puerta a la esperanza, porque en el seno
del Tribunal Constitucional casi la mitad no está conforme con la
discriminación sexista. ¿Y las feministas de pandereta?
Nos
encontramos ahora con que el Tribunal Constitucional ha declarado
tácitamente inconstitucional la Ley de Igualdad y, además, lo ha hecho
sin hacer una sola referencia a ella, con lo que sigue vigente. Desde
ahora, en España es lícito castigar con penas distintas un mismo hecho,
según el sexo de quien lo ejecute. ¿Y aquello de que “nadie puede ser
discriminado en función del sexo”? ¡Monsergas!
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